Qué cifra necesitas estimar antes de consultar la tabla
La referencia no es tu facturación bruta, sino la previsión de rendimientos netos. Para una primera estimación, ordena ingresos computables, gastos vinculados a la actividad y el efecto de las propias cuotas. Si tus previsiones cambian durante el año, la Seguridad Social permite solicitar cambios de base en ventanas concretas.
Ejemplo mental: facturas 3.000 €/mes de media, pero tienes 800 €/mes de gastos reales de actividad. Tu orden de magnitud de rendimiento no es 3.000 €; ronda los 2.200 € antes de matices. Ese promedio mensual es el que debes situar en la tabla (no el pico de un mes bueno).
Rangos de bases de cotización para 2026
Esta tabla resume las bases mínima y máxima mensuales publicadas para cada tramo. No sustituye la consulta individual: existen colectivos y circunstancias específicas.
| Tabla | Rendimientos netos | Base mínima | Base máxima |
|---|---|---|---|
| Reducida | Hasta 670 € | 653,59 € | 718,94 € |
| Reducida | Más de 670 € y hasta 900 € | 718,95 € | 900,00 € |
| Reducida | Más de 900 € y menos de 1.166,70 € | 849,67 € | 1.166,70 € |
| General | De 1.166,70 € a 1.300 € | 950,98 € | 1.300,00 € |
| General | Más de 1.300 € y hasta 1.500 € | 960,78 € | 1.500,00 € |
| General | Más de 1.500 € y hasta 1.700 € | 960,78 € | 1.700,00 € |
| General | Más de 1.700 € y hasta 1.850 € | 1.143,79 € | 1.850,00 € |
| General | Más de 1.850 € y hasta 2.030 € | 1.209,15 € | 2.030,00 € |
| General | Más de 2.030 € y hasta 2.330 € | 1.274,51 € | 2.330,00 € |
| General | Más de 2.330 € y hasta 2.760 € | 1.356,21 € | 2.760,00 € |
| General | Más de 2.760 € y hasta 3.190 € | 1.437,91 € | 3.190,00 € |
| General | Más de 3.190 € y hasta 3.620 € | 1.519,61 € | 3.620,00 € |
| General | Más de 3.620 € y hasta 4.050 € | 1.601,31 € | 4.050,00 € |
| General | Más de 4.050 € y hasta 6.000 € | 1.732,03 € | 5.101,20 € |
| General | Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 5.101,20 € |
Cómo leer un tramo sin obsesionarte con el céntimo
Cada fila te da un intervalo de base, no una cuota fija. Dentro de ese intervalo eliges (con los límites que te correspondan) una base; la Seguridad Social aplica los tipos vigentes para convertirla en cuota. Cotizar por la mínima del tramo abarata el mes; cotizar más alto encarece la cuota a cambio de mejores bases de prestación (con matices y topes).
No es un “IRPF disfrazado”. Es cotización. El IRPF se anticipa por retenciones y/o Modelo 130 y se liquida en la renta. Separar mentalmente cuota e impuestos evita el error de “ya pago autónomos, así que no aparto nada más”.
Ejemplos orientativos de encaje en tramo
- Rendimiento neto previsto ~900 €/mes: estás en tabla reducida (tramo hasta 900 €). El rango de base es estrecho; la prioridad es no inventar un rendimiento “para bajar de tramo” sin base real.
- ~1.400 €/mes: tabla general, tramo 1.300–1.500. Puedes situarte entre la mínima (~960,78 €) y 1.500 € de base. La diferencia de cuota entre mínima y máxima del tramo importa en el presupuesto mensual.
- ~2.500 €/mes: tramo 2.330–2.760. Aquí el “susto” suele ser olvidar que un mes pico no define el promedio anual: revisa tras dos o tres trimestres.
Estos ejemplos no calculan la cuota en euros exactos a propósito: sin tipos y sin tu cobertura, cualquier cifra inventada engaña. Usa Importass o tu gestoría para el importe a pagar.
Cuota reducida al iniciar actividad
La información de la Seguridad Social contempla una cuota reducida de 80 € al mes para altas iniciales que cumplan los requisitos, durante los primeros 12 meses completos. Puede prolongarse otros 12 meses cuando se cumplan las condiciones de rendimientos vinculadas al SMI. No es automática para todos los casos: revisa requisitos, momento de solicitud y posibles ayudas autonómicas antes de contar con ella en tu presupuesto.
Mientras disfrutas de cuota reducida, sigue apartando IVA e IRPF si te corresponden. La calculadora de apartar impuestos permite bajar el campo de cuota reservada a ~80 € (o el importe real) sin dejar a cero el resto.
Qué hacer cuando tus ingresos cambian
Una rutina sencilla ayuda más que perseguir una cuota perfecta: revisa tu previsión después de cada trimestre, compara lo facturado y gastado con el tramo elegido, y decide si necesitas ajustar la base. Para 2026, la Seguridad Social publica seis fechas de efecto posibles para cambios solicitados dentro de cada ventana: 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero de 2027.
- Cierra números del trimestre (ingresos y gastos de actividad).
- Recalcula el promedio mensual de rendimientos netos del año hasta la fecha.
- Mira si sigues en el mismo tramo de la tabla.
- Si no, prepara el cambio en la ventana correspondiente vía Importass o con tu gestoría.
- Actualiza la reserva mensual de cuota en tu método de apartar.
Errores frecuentes con la cuota
- Usar la facturación bruta como si fuera rendimiento neto.
- Elegir base “a ojo” porque un compañero paga X euros.
- Olvidar revisar el tramo cuando el negocio crece (o se hunde) a mitad de año.
- Confundir cuota reducida con “no hay IRPF”.
- No reservar la cuota en meses irregulares y luego improvisar el día del cargo.
Preguntas frecuentes
¿La cuota de autónomos es un impuesto?
No. Es cotización a la Seguridad Social. El IRPF es otro sistema (retenciones, 130, renta).
¿Puedo elegir cualquier base?
Dentro del rango de tu tramo de rendimientos, con los límites y reglas que te apliquen. No es libre en el sentido de “la que me plazca sin mirar ingresos”.
¿Qué pasa si me equivoco de tramo?
Pueden existir regularizaciones según la normativa y tus rendimientos reales. Por eso conviene revisar previsiones y no “maquillar” el tramo.
¿Dónde confirmo mi cuota exacta?
En Importass / TGSS o con tu gestoría. Esta página orienta el encaje en tramo.
Fuentes y alcance
Los rangos y las fechas proceden de información de la Tesorería General de la Seguridad Social consultada en julio de 2026. Actualizaremos esta página si cambian.
